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Home Paises Chile

Proceso de quiebra de Corona bajo revisión de Superintendencia

La Superir ha emitido un oficio en el que expone importantes inconsistencias entre los documentos presentados por la compañía y las exigencias legales del proceso, particularmente en relación con la identificación de acreedores y los montos de las deudas.

by Chile
julio 29, 2025
in Chile, Multi Tiendas
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Corona evita la quiebra gracias a plan de reorganización y respaldo de acreedores

Corona evita la quiebra gracias a plan de reorganización y respaldo de acreedores

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La quiebra de Corona ha generado nuevas alertas en el mundo económico chileno. Esta vez, las observaciones provienen directamente de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), organismo que fiscaliza los procedimientos de reorganización y liquidación empresarial en el país.

En el marco del proceso de liquidación voluntaria solicitado por la empresa, la Superir ha emitido un oficio en el que expone importantes inconsistencias entre los documentos presentados por la compañía y las exigencias legales del proceso, particularmente en relación con la identificación de acreedores y los montos de las deudas.

Revisión del procedimiento: ¿Qué encontró la Superir?

La revisión del expediente de quiebra reveló discrepancias en uno de los documentos clave del procedimiento: el certificado de deudas, presentado por la empresa en el folio 368. Al compararlo con la nómina oficial de créditos reconocidos –la cual debe reflejar fielmente las acreencias y sus respectivos titulares para efectos de participación y votación en el proceso– la Superir encontró incongruencias tanto en montos como en identidades de acreedores.

Este tipo de inconsistencias genera preocupación, ya que la determinación precisa de los principales acreedores es esencial para garantizar un proceso transparente, equilibrado y conforme a la ley.

Diferencias en los Principales Acreedores: Una Brecha de Cifras
Uno de los aspectos más relevantes del informe de la Superir tiene que ver con las diferencias detectadas en los montos adeudados a los tres principales acreedores. Según el certificado de deudas original, estos eran:

  • Banco Internacional: $5.446 millones
  • Anhui Garments Import & Export Co. Ltd.: $3.849 millones
  • Tesorería General de la República: $3.433 millones

Sin embargo, al revisar la nómina de créditos reconocidos –que se considera la referencia oficial en el proceso de liquidación– se evidencian modificaciones importantes:

  • El monto correspondiente al Banco Internacional se redujo en $254 millones, quedando en $5.192 millones.
  • Anhui Garments también ve su cifra disminuida en cerca de $423 millones, con un total ajustado de $3.425 millones.

Sorprendentemente, la Tesorería General de la República desaparece de la lista como uno de los tres principales acreedores, siendo reemplazada por Banco Security y/o BCI, quienes figuran ahora con acreencias reconocidas por un monto de $2.680 millones.

Estas variaciones no solo afectan el orden de prelación de los acreedores, sino que también tienen implicancias directas en los derechos de voto dentro del proceso y en la posterior designación del liquidador oficial.

Otro de los puntos críticos señalados por la Superir fue la forma en que algunos créditos fueron reportados. En lugar de expresar todas las deudas en pesos chilenos, como exige la normativa, la empresa incluyó montos en Unidades de Fomento (UF) y dólares estadounidenses. Esta práctica va en contra de las reglas formales del procedimiento, ya que la conversión a moneda nacional es fundamental para definir correctamente la magnitud de las acreencias y su ponderación dentro del total del pasivo.

Entre los ejemplos concretos destacados por la Superintendencia se encuentran:

  • Canal Cero Digital SpA: informado con una deuda de $27.370.00, cifra aparentemente mal digitada o expresada de forma ambigua.
  • Zaozhuang Longxiang Knitting Garment Co. Ltd.: cuya deuda aparece señalada como $2.359.195.30, también sin claridad suficiente respecto al tipo de moneda y su conversión correspondiente.

Este tipo de errores no solo genera confusión en los montos reales, sino que puede comprometer la integridad del proceso de votación para elegir al liquidador o para decidir acciones futuras dentro de la liquidación de activos.

El Rol del liquidador

En los procesos de liquidación de empresas, el liquidador es una figura esencial. Se trata del profesional responsable de administrar y vender los activos de la compañía quebrada para saldar las deudas, siguiendo las prioridades establecidas por la ley.

El nombramiento del liquidador no puede realizarse de manera arbitraria: debe basarse en criterios objetivos que incluyan la precisa identificación de los acreedores con derecho a voto. Por lo tanto, mientras existan dudas sobre los montos o la identidad de los principales acreedores, el proceso queda en pausa, tal como ha ocurrido en este caso.

La Superir ha sido enfática: una vez que se corrijan los errores detectados y se aclare la información, la empresa podrá volver a realizar la solicitud formal para el nombramiento del liquidador a través del portal habilitado especialmente para estos trámites.

¿Qué implicancias tiene esto para Corona?

Las observaciones emitidas por la Superintendencia representan un obstáculo importante en el proceso de liquidación voluntaria de Multitiendas Corona. Más allá de lo administrativo, las inconsistencias detectadas podrían:

  • Atrasar la liquidación de activos y, por tanto, el pago a los acreedores.
  • Dificultar la transparencia del procedimiento, generando desconfianza entre los involucrados.
  • Aumentar los costos legales y administrativos, en caso de que se deban realizar correcciones complejas o incluso reiniciar parte del proceso.

En un contexto económico ya debilitado para la empresa, estos contratiempos legales y técnicos no hacen más que sumar presión sobre una marca que alguna vez fue un actor relevante del retail nacional.

¿Por qué Corona llegó a este punto?

Multitiendas Corona, una de las cadenas de retail históricas en Chile, ha enfrentado una sostenida pérdida de participación en el mercado, afectada por la competencia de grandes conglomerados, el crecimiento del comercio electrónico, y la reducción del consumo en sectores populares.

La crisis sanitaria y económica derivada del COVID-19 también tuvo efectos devastadores sobre el comercio minorista, y empresas con menor capacidad de adaptación tecnológica o financiera, como Corona, terminaron viéndose arrastradas a escenarios de insolvencia.

Pese a varios intentos de reestructuración interna, y al uso de mecanismos legales para repactar deudas o buscar reemprendimiento, la situación financiera se tornó insostenible, lo que llevó a la firma a solicitar su liquidación voluntaria en 2024.

Vea también: Aumentan las demandas de exejecutivos contra Corona

Una vez que la empresa corrija las inconsistencias identificadas por la Superintendencia, podrá reactivar el proceso de liquidación con el objetivo de:

  • Nombrar formalmente al liquidador concursal, quien gestionará la venta de activos.
  • Iniciar el proceso de valoración de bienes y adjudicación de pagos a los acreedores según el orden legal establecido.
  • Eventualmente, proceder con la disolución formal de la empresa, en caso de que no exista continuidad de marca o reemprendimiento.

Este procedimiento podría extenderse por varios meses, dependiendo del volumen de activos, la cantidad de acreedores y las complejidades legales que vayan surgiendo.


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Source: La Tercera
Via: Emiliano Carrizo
Tags: Coronamultitiendas coronaquiebra de CoronaTiendas Corona
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