¿Una barrera burocrática ilegal?
Exigir autorización municipal para anuncios en centros comerciales
En una reciente resolución, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Lambayeque, con respaldo de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas (SRB), ha declarado como barrera burocrática ilegal la exigencia de tramitar una autorización municipal para instalar anuncios publicitarios en locales y módulos dentro de galerías o centros comerciales. Esta medida, impuesta por la Municipalidad Provincial de Chiclayo en la Ordenanza Municipal n.°011-2015-MPCH/A, ha sido declarada como excedente de las competencias municipales y contraria al principio de legalidad establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley n.°27444).
Contexto de la barrera burocrática
La medida municipal en cuestión, contenida en la Ordenanza Municipal n.°011-2015-MPCH/A, exigía a los comerciantes y empresarios la obtención de una autorización municipal para la instalación de anuncios publicitarios al interior de galerías o centros comerciales en la Municipalidad Provincial de Chiclayo. Sin embargo, el Indecopi, a través de su Comisión en Lambayeque, ha señalado que dicha disposición excede las competencias municipales establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.° 29729).
Resolución del Indecopi
Mediante la Resolución Final n.°0003-2023/CEB-INDECOPI-LAM, la Comisión de Indecopi resolvió declarar ilegal la barrera burocrática impuesta por la Municipalidad Provincial de Chiclayo. La resolución sostiene que las competencias municipales en relación con anuncios publicitarios se limitan a aquellos ubicados en la vía pública o en el exterior de bienes privados, de acuerdo con el artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
La Comisión argumenta que, al requerir una autorización para anuncios dentro de establecimientos comerciales, la Municipalidad Provincial de Chiclayo vulneró el principio de legalidad establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Este pronunciamiento coincide con la Casación N° 23799-2017 de la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema.
Respaldo a empresarios y emprendedores
La decisión de la Comisión de Indecopi no solo declara la ilegalidad de la medida sino que también dispone su inaplicación con carácter general. Esto beneficia a empresarios, emprendedores y administrados que se vean afectados por la imposición de la mencionada disposición municipal. La Comisión destaca que su resolución respeta las competencias establecidas para evaluar y verificar condiciones de seguridad en defensa civil, conforme a lo señalado en el Texto Único Ordenado de la Ley n.°28976 (Ley Marco de Licencia de Funcionamiento).
Consentimiento de la resolución
La resolución emitida por la Comisión de Indecopi fue declarada como consentida por la SRB, al no haberse presentado apelaciones dentro del plazo de quince días hábiles posteriores a la notificación de la resolución final. Esto confirma la validez y la firmeza de la decisión adoptada.
Próximos pasos y consultas
En caso de que ciudadanos y agentes económicos identifiquen imposición de requisitos, limitaciones, cobros o exigencias a nivel regional, se les alienta a realizar consultas a través del correo [email protected] o llamando al 987 110 764.
La resolución completa puede ser consultada aquí.
En conclusión, la determinación del Indecopi refuerza la importancia de respetar las competencias legales y garantizar la adecuada aplicación de normativas municipales, contribuyendo así a un entorno empresarial más eficiente y libre de barreras burocráticas injustificadas.
