Uruguay refuerza beneficios fiscales para donación de alimentos y empresas
Donación de alimentos en Uruguay: nuevos beneficios fiscales, quiénes pueden acceder y bajo qué condiciones
En Uruguay, una nueva ley y su correspondiente decreto reglamentario han introducido incentivos fiscales para empresas del sector alimentario que donen alimentos aptos para consumo humano. El objetivo es triple: reducir la inseguridad alimentaria en poblaciones vulnerables, minimizar el desperdicio de comida y promover prácticas productivas y de consumo más sostenibles.
La ley fue aprobada en 2023, declarando de interés general las donaciones gratuitas de alimentos para consumo humano realizadas por actores públicos y privados del ámbito alimenticio.
En agosto de 2025, se reglamentó mediante decreto (20 de agosto) su aplicación, estableciendo los lineamientos que permiten que estas donaciones gocen de los beneficios fiscales previstos.
Cuáles empresas califican como donantes
Son elegibles para los beneficios aquellas empresas que:
Producen o cultivan productos agrícolas perennes (frutas, verduras, etc.).
Procesan alimentos, es decir, elaboran productos alimenticios.
Fabrican bebidas, excepto aquellas bebidas destiladas.
Operan en el comercio de alimentos y bebidas, tanto al por mayor como al por menor.
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Estas entidades pueden acogerse a deducciones y exoneraciones, siempre que sigan ciertas condiciones que aseguren que los alimentos donados sean seguros, útiles, y efectivamente destinados a quienes más lo necesitan.
Incentivos fiscales disponibles
Los principales beneficios contemplan:
Deducción total del IVA: Cuando los bienes y servicios formen parte del costo de alimentos gravados que sean donados, la empresa puede deducir el IVA incluido en esas adquisiciones.
Tasa 0 % de IMESI: El impuesto interno específico sobre algunas bebidas y alimentos —IMESI— se fija en 0% para las donaciones de alimentos dentro del régimen correspondiente.
Deducciones sobre IRAE: Se permite que las empresas descuenten del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) un porcentaje de sus ingresos, dependiendo si se toma como base los ingresos brutos o la renta neta gravada en el año anterior. Este porcentaje puede variar: hasta el 2% de los ingresos brutos o 5% de la utilidad neta, según cómo se calcule.
Estos estímulos buscan hacer financieramente viable que las empresas donen alimentos, en vez de dejar que se desperdicien o que su eliminación implique un costo ambiental o sanitario.
Requisitos y condiciones para acogerse
Para que la donación sea válida bajo estos beneficios, las empresas deben cumplir con una serie de condiciones reglamentarias:
Alimentos aptos: Solo se aceptan alimentos que, al momento de la entrega, cumplan con las normativas bromatológicas vigentes, es decir, estén en condiciones de higiene, conservación y salud, como si aún fueran comercializables.
Intermediarios registrados: En algunos casos la donación puede hacerse a través de entidades intermedias (por ejemplo bancos de alimentos), sin fines de lucro, que recolectan los alimentos y luego los entregan a beneficiarios finales. Estas entidades intermediarias deben estar inscritas en el Registro Único Tributario (DGI), cumplir obligaciones sanitarias, bromatológicas, y tener responsable con carnet de manipulador de alimentos vigente.
Uso no comercial: Ni los intermediarios, ni los beneficiarios —ni quienes reciben donaciones finales— pueden comercializar los alimentos. El propósito debe ser puramente asistencial, social y alimenticio, no lucrativo.
Beneficiarios finales
Se considera población vulnerable a quienes, por razones de edad, origen étnico, estado civil, condiciones de salud u otras situaciones sociales, se encuentran en riesgo, o tienen dificultades para alcanzar bienestar alimenticio.
Implicancia ambiental y social
Más allá de los incentivos fiscales, la normativa apunta a:
Reducir el desperdicio de alimentos: alimentos que están en buen estado pero que por razones logísticas, comerciales o estéticas no llegan al consumidor, ahora pueden ser donados si cumplen requisitos.
Aumentar la seguridad alimentaria: garantizar que alimentos útiles no se destruyan o desechen prematuramente, sino que lleguen a quienes los necesitan.
Promover una cultura de responsabilidad social empresarial y sustentabilidad en la cadena de producción, distribución y comercialización de alimentos.
Obligaciones y sanciones
Para asegurar la efectividad del régimen, se establecen sanciones administrativas en caso de incumplimientos, con diferentes grados:
Multas leves: hasta cierto monto —por ejemplo 100 Unidades Reajustables (UR), que equivalen a cerca de 183.593 pesos uruguayos— para infracciones menores.
Multas graves: cuando la infracción sea mayor, hasta 1.000 UR (aproximadamente 1.835.930 pesos) para los incumplimientos más serios.
La ley avanza en una política pública integral: conecta lo social (seguridad alimentaria), lo ambiental (disminuir desperdicio) y lo económico (incentivos fiscales).
Incentiva buenas prácticas en toda la cadena de valor de alimentos, incluyendo producción, comercio, distribución.
Genera certidumbre jurídica al reglamentar adecuadamente los procesos y condiciones para que las empresas puedan planificar donaciones sabiendo los beneficios que obtendrán.
Verificación de cumplimiento: asegurarse de que los alimentos realmente cumplan con normativas bromatológicas en cada donación, lo que implica controles y fiscalización adecuados.
Logística de donación: transporte, almacenamiento, intermediación. Muchas empresas podrían enfrentar costos logísticos para asegurar que los productos no se deterioren.
Concienciación empresarial: no todas las empresas del rubro estarán al tanto o motivadas para acceder al beneficio, especialmente pequeños negocios con márgenes ajustados.
Puntos a mejorar
Establecer mecanismos de apoyo para la infraestructura de los intermediarios (por ejemplo, bancos de alimentos), que muchas veces carecen de capacidad de almacenamiento o transporte climático adecuado.
Clarificar algunos aspectos operativos: plazos, responsabilidades en casos de deterioro en el transporte, seguros, etc.
Fomentar la transparencia y rendición de cuentas: que haya registro público de quién dona qué alimentos, quién los recibe, y cómo se distribuyen.
Impacto esperado
Reducción del desperdicio: se espera que alimentos aptos que antes se descartaban puedan ahora aprovecharse.
Mejoras en seguridad alimentaria: más personas en situaciones vulnerables podrían tener acceso a alimentos seguros y nutritivos.
Incentivos económicos reales para empresas que actúen con responsabilidad social: aparte del retorno fiscal, mejora de imagen, cumplimiento regulatorio, etc.
Beneficio ambiental: menor generación de residuos orgánicos, menos impacto en emisiones relacionadas con desechos alimenticios.
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La normativa uruguaya sobre donaciones de alimentos representa un avance importante en materia social, ambiental y fiscal. Al establecer beneficios fiscales atractivos para empresas del sector alimenticio —siempre que cumplan requisitos sanitarios y sociales— se crea un incentivo claro para que lo que antes era un residuo se transforme en una herramienta de ayuda a quienes lo necesitan.
Para que cumpla con todo su potencial, será clave que existan mecanismos eficaces de control, logística adecuada y sensibilización de todos los actores involucrados. Si estos aspectos se refuerzan, la medida podría ser un modelo replicable en otros países, demostrando que la política pública puede articularse eficazmente con la responsabilidad privada y el interés general.

