En junio de 2024, se presentó una resolución en el Tribunal de Apelaciones bajo el número 00038-2024-TA/OSIPTEL, donde se confirmaron cuatro multas en contra de la empresa, las cuales suman un total de 966 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Cabe destacar que dos de estas multas se catalogaron como muy graves debido a que Telefónica violó el Reglamento de Calidad establecido para la operación de servicios de telecomunicaciones en el país. Esta situación se originó por la incapacidad de la empresa para cumplir con el indicador de Disponibilidad de Servicio (DS) en las mencionadas regiones, donde la calidad en la provisión de telefonía fija se vio seriamente afectada.
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Además de las sanciones ya mencionadas, la empresa Movistar, como se conoce comercialmente a Telefónica, enfrentó un total de siete multas adicionales. Estas se impusieron tras determinarse su responsabilidad en eventos que fueron calificados como Críticos durante el mismo periodo. El incumplimiento no solo se limitó a problemas graves, sino que se extendió a otras doce intervenciones probablemente leves, donde también se les consideró responsables. Esto incluye una multa adicional por no comunicar adecuadamente al Osiptel sobre 21 eventos de interrupción, así como por no enviar la acreditación de dichos eventos, el cronograma y el plan de trabajo correspondiente.
En consecuencia, el Tribunal de Apelaciones del Osiptel desestimó el recurso de apelación interpuesto por Telefónica, confirmando así la severa sanción económica que asciende a cerca de S/5 millones. Este caso pone de manifiesto la importancia del cumplimiento de normativas en el sector de telecomunicaciones y el papel del regulador en la protección de los derechos de los consumidores en Perú.
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