Indecopi multa a Claro por publicidad engañosa en Perú
El organismo peruano Indecopi impuso una sanción a Claro Perú (América Móvil S.A.C.) por difundir mensajes publicitarios que afirmaban, sin sustento técnico, que la compañía poseía “la red móvil más rápida del Perú”. Según la investigación, esta afirmación carecía de pruebas verificables que respaldaran su veracidad, motivo por el cual se consideró publicidad engañosa.
La resolución, emitida por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD), impone una multa equivalente a 34,98 UIT, es decir, S/187,143. Además, el organismo ordenó el retiro inmediato de la campaña publicitaria y la inscripción de la empresa en el Registro de Infractores.
Una sanción que refuerza la transparencia publicitaria
El caso de la publicidad engañosa de Claro no solo tiene impacto en el ámbito económico, sino también en el compromiso de las marcas con la transparencia comunicacional. En un mercado altamente competitivo como el de las telecomunicaciones, las afirmaciones sobre velocidad, cobertura o rendimiento deben estar respaldadas por pruebas objetivas y auditadas por terceros.
De acuerdo con el Indecopi, Claro no logró sustentar de manera integral su mensaje publicitario. La compañía presentó evidencias parciales que únicamente demostraban una ventaja en velocidad de descarga 4G durante el año 2023. Sin embargo, el regulador determinó que este parámetro no era suficiente para sostener que la empresa contaba con la red más rápida del país en sentido general.
Los mensajes que motivaron la sanción
Los anuncios en cuestión incluían frases como:
“Claro es la red móvil más rápida del Perú”.
“Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú”.
Estas expresiones fueron difundidas en redes sociales, medios digitales y paneles publicitarios, generando una percepción errónea en los consumidores. El Indecopi concluyó que los mensajes indujo al público a creer que Claro superaba a todas las demás operadoras en todas las tecnologías disponibles —2G, 3G, 4G y 5G—, y en todos los indicadores técnicos como velocidad de subida, latencia y estabilidad.
En realidad, la compañía solo mostró un desempeño superior en un aspecto muy específico: la velocidad promedio de descarga en la red 4G, y únicamente en determinados periodos de 2023.
El papel de Entel en la denuncia
El proceso sancionador se originó a partir de una denuncia formal presentada por Entel Perú S.A., competidor directo de Claro en el sector. Entel cuestionó que las afirmaciones de su rival carecieran de sustento técnico y que pudieran afectar la libre competencia, al inducir a los consumidores a elegir un servicio basándose en información inexacta.
La denuncia fue analizada por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, que determinó que los anuncios infringían las normas del Código de Protección y Defensa del Consumidor, específicamente aquellas que regulan la veracidad publicitaria.
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Tras revisar los estudios técnicos y pruebas presentadas, el Indecopi resolvió que Claro no había acreditado de manera suficiente su superioridad tecnológica en todos los aspectos promocionados, lo que constituía una infracción al principio de veracidad en la publicidad comercial.
Detalles de la resolución del Indecopi
Según la Resolución N° 185-2025/CCD-INDECOPI, Claro incurrió en publicidad engañosa por falta de sustento técnico. Aunque la empresa aportó mediciones de velocidad realizadas en su red 4G, estas no abarcaban todas las tecnologías móviles ni otros parámetros de rendimiento relevantes, como la velocidad de carga o la latencia.
El Indecopi subrayó que una afirmación tan amplia como “la red móvil más rápida del Perú” implica un liderazgo integral, que debe demostrarse con estudios técnicos globales, auditados y comparativos respecto a todas las redes disponibles.
En consecuencia, la institución consideró que la empresa había inducido a error al consumidor promedio, afectando tanto su derecho a recibir información veraz como la competencia leal entre los operadores del mercado.
Medidas impuestas a Claro Perú
Además del pago de la multa, el Indecopi dispuso las siguientes medidas:
Cese inmediato y definitivo de la campaña publicitaria que incluía las frases sancionadas.
Inscripción en el Registro de Infractores de la CCD, que deja constancia pública de la infracción cometida.
Comunicación formal a la empresa, advirtiendo sobre la reincidencia y sus consecuencias futuras.
Estas medidas buscan prevenir nuevos casos de desinformación comercial y proteger la transparencia del mercado de telecomunicaciones en el país.
Impacto de la sanción en el sector telecom
La multa contra Claro marca un precedente importante en la fiscalización de la publicidad en telecomunicaciones, un sector donde la velocidad y la estabilidad de red son factores clave para la decisión del usuario.
El Indecopi enfatizó que las comparaciones o afirmaciones absolutas sobre desempeño deben estar respaldadas por evidencia técnica verificable y vigente. De lo contrario, podrían configurar una práctica desleal al crear una ventaja competitiva basada en información incompleta.
Este tipo de sanciones refuerza el mensaje de que la comunicación comercial debe ser responsable y comprobable, especialmente cuando se trata de indicadores técnicos que influyen directamente en la percepción del consumidor.
Claro responde: compromiso con la mejora continua
Si bien la empresa no emitió una declaración extensa tras conocerse la sanción, voceros de Claro Perú señalaron que la compañía mantiene su compromiso con la transparencia y la mejora continua de sus servicios.
También destacaron que las mediciones internas y externas realizadas en años recientes han mostrado avances significativos en la velocidad y cobertura de su red 4G, y que la empresa seguirá invirtiendo en infraestructura para optimizar la conectividad del país.
Sin embargo, el Indecopi recordó que los logros técnicos deben ser comunicados con precisión, evitando generalizaciones que puedan inducir a error.
La importancia de la veracidad en la publicidad
Este caso evidencia cómo la veracidad publicitaria es un componente esencial de la confianza del consumidor. Cuando una marca comunica ventajas o atributos, está obligada a demostrar objetivamente que esos mensajes se ajustan a la realidad.
El Indecopi sostiene que la publicidad no solo debe ser creativa, sino también ética y verificable. En particular, en sectores tecnológicos o de telecomunicaciones, donde la información técnica puede resultar compleja, las empresas tienen el deber de explicarla de manera clara, precisa y comprobable.
De lo contrario, los consumidores pueden tomar decisiones basadas en percepciones erróneas, afectando no solo su experiencia, sino también la equidad competitiva entre empresas.
Un llamado a la competencia responsable
El caso publicidad engañosa de Claro también lanza un mensaje al mercado: la competencia debe basarse en hechos, no en percepciones. A medida que las operadoras buscan diferenciarse, el desafío consiste en comunicar de forma veraz los beneficios reales de sus productos y servicios.
Las entidades reguladoras, por su parte, están reforzando su vigilancia sobre las prácticas publicitarias. El objetivo no es solo sancionar, sino promover un entorno competitivo transparente, donde las empresas que invierten en innovación y servicio puedan destacar legítimamente.
Ética y rigor en la comunicación corporativa
El caso de la sanción a Claro por publicidad engañosa se convierte en un referente sobre los límites entre el marketing y la ética empresarial. La búsqueda de posicionamiento no puede sustentarse en afirmaciones sin respaldo técnico, especialmente cuando afectan la percepción pública de la competencia.
La decisión del Indecopi reafirma la necesidad de un marketing basado en la evidencia y el respeto al consumidor. En un entorno digital donde los mensajes se amplifican rápidamente, la responsabilidad comunicacional se vuelve tan importante como la innovación tecnológica.
De esta forma, el organismo no solo protege al usuario, sino que también fortalece la credibilidad de las marcas que apuestan por la transparencia y la veracidad.


