El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha impuesto una multa de 43 mil dólares a la cadena de cines Cinépolis, debido a la prohibición que esta empresa mantenía sobre el ingreso de alimentos y bebidas comprados en lugares distintos a sus establecimientos. Esta decisión se deriva de una denuncia presentada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Áncash, cuya queja fue considerada válida por la sala especializada en protección al consumidor del organismo.
La resolución de Indecopi recordó que, en 2018, se había dictado una sanción similar a otras cadenas de cine por restricciones análogas, lo que subraya la existencia de un precedente en la interpretación de las normativas de protección al consumidor en el sector. Los representantes de Cinépolis argumentaron que su modelo de negocio era comparable al de los restaurantes, lo que justificaría la restricción de ingreso de alimentos externos. Sin embargo, este argumento fue desestimado por el organismo regulador.
Indecopi explicó que, aunque Cinépolis dispusiera de un área con mesas y sillas y contara con las autorizaciones necesarias para la venta de alimentos, esto no transformaba sus instalaciones en un restaurante. La principal actividad comercial de Cinépolis sigue siendo la exhibición de películas, lo que la define claramente como un cine y no como un establecimiento de comida. Por tanto, se concluyó que no era justificada la restricción impuesta a los consumidores en cuanto a la ingesta de productos externos.
Como parte de las medidas correctivas, Indecopi ha ordenado a Cinépolis que se abstenga de imponer esta restricción a los consumidores, permitiendo así que ingresen a las salas de cine con alimentos y bebidas que hayan adquirido fuera de sus locales. Sin embargo, esta entrada estará sujeta a la condición de que los productos sean similares a los que se ofrecen en las instalaciones de Cinépolis.
Además, la cadena de cines deberá informar a sus clientes sobre el levantamiento de esta restricción mediante la publicación de avisos temporales. Esta acción busca garantizar que los consumidores estén debidamente informados sobre sus derechos y sobre la nueva política que les permite disfrutar de su experiencia cinematográfica con productos de su elección.
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La decisión de Indecopi no solo representa un avance en la defensa de los derechos de los consumidores en Perú, sino que también establece un precedente importante para el sector de entretenimiento en el país. Al permitir que los consumidores traigan sus propios alimentos y bebidas, se promueve un ambiente de mayor libertad y elección, al mismo tiempo que se restablece la equidad en la relación entre las empresas y sus clientes.
Fuente: DFSud


