Derechos antidumping al calzado chino entran en revisión para proteger la industria peruana
Los derechos antidumping al calzado chino volverán a ser evaluados por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), luego de que la entidad iniciara un procedimiento destinado a determinar si estas medidas comerciales deben mantenerse vigentes.
La decisión responde a la existencia de indicios que sugieren que, de eliminarse las restricciones actuales, podrían reaparecer prácticas de dumping y producirse nuevos perjuicios para la industria nacional del calzado.
El proceso, conocido internacionalmente como sunset review o examen por expiración de medidas, permitirá analizar el comportamiento del mercado y definir si corresponde extender la aplicación de los derechos antidumping que actualmente gravan las importaciones de diversas variedades de calzado procedentes de China.
Indecopi inicia revisión de las medidas antidumping
La apertura oficial del procedimiento fue establecida mediante la Resolución N.° 146-2026/CDB-INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano.
Este mecanismo forma parte de los procedimientos contemplados en la normativa internacional de comercio y tiene como finalidad evaluar si las condiciones que originaron la imposición de los derechos antidumping continúan vigentes una vez que se acerca el vencimiento del plazo establecido para estas medidas.
En este caso, Indecopi analizará si la eliminación de los aranceles especiales podría favorecer nuevamente el ingreso de productos con precios artificialmente bajos que afecten la competencia en el mercado peruano.
El sector calzado solicitó mantener la protección comercial
La revisión no se inició de oficio.
El procedimiento fue solicitado por la Corporación de Cuero, Calzado y Afines, junto con seis empresas representativas de la industria peruana del calzado, quienes pidieron que los derechos antidumping permanezcan vigentes una vez concluido el periodo de cinco años establecido en la última revisión.
Los fabricantes nacionales sostienen que las condiciones que dieron origen a estas medidas aún persisten y que levantar la protección comercial podría afectar seriamente la competitividad de las empresas locales.
Indecopi detectó indicios de continuidad del dumping
Como parte de la evaluación preliminar, la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias concluyó que existen elementos suficientes para iniciar una investigación más profunda.
Según el análisis inicial, existen indicios razonables de que tanto las prácticas de dumping como el daño económico sufrido por la industria peruana podrían repetirse si se eliminan los derechos antidumping al calzado chino.
Precisamente por ello, la comisión decidió abrir el examen por expiración de medidas antes de que finalice su vigencia actual.
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Las importaciones crecieron más de 120% en tres años
Uno de los principales factores considerados por Indecopi fue el fuerte incremento de las importaciones de calzado alcanzado durante los últimos años.
Entre 2022 y 2025, las compras al exterior de los productos incluidos en la medida crecieron 123.5%, evidenciando una expansión significativa de la oferta importada dentro del mercado peruano.
Además, China mantuvo una posición dominante como proveedor del país.
Durante el período analizado, el gigante asiático concentró en promedio 56.9% del volumen total de calzado importado por el Perú, consolidándose como el principal origen de estos productos.
Este comportamiento fue uno de los elementos que motivó el inicio del procedimiento de revisión.
Los precios del calzado chino continúan siendo inferiores
Otro aspecto evaluado por la autoridad fue el nivel de precios con el que ingresan los productos provenientes de China.
El análisis mostró que el calzado importado desde ese país se comercializa a valores inferiores frente a los registrados por otros proveedores internacionales, entre ellos Vietnam, uno de los principales competidores dentro del mercado mundial del calzado.
La existencia de diferencias importantes en los precios constituye uno de los factores que habitualmente se consideran para determinar la posible existencia de prácticas de dumping.
China mantiene una enorme capacidad exportadora
Durante el procedimiento preliminar también se evaluó la capacidad productiva y exportadora del mercado chino.
Indecopi destacó que China continúa siendo el principal exportador mundial de calzado, con una capacidad industrial suficiente para abastecer grandes mercados internacionales.
Esta elevada capacidad productiva implica que, en caso desaparezcan las medidas antidumping, podrían incrementarse considerablemente las exportaciones hacia el Perú, aumentando la presión competitiva sobre los fabricantes nacionales.
Otros países mantienen medidas similares
El análisis realizado por la comisión también incorporó antecedentes internacionales.
Diversos países latinoamericanos continúan aplicando mecanismos de defensa comercial frente a las importaciones de calzado chino.
Entre ellos destacan:
Argentina.
Brasil.
Ambas economías decidieron mantener medidas antidumping sobre productos similares, considerando que persisten riesgos para sus industrias nacionales.
Asimismo, el informe señala que México estableció en 2025 derechos antidumping definitivos para determinadas importaciones de calzado procedentes de China.
Estos antecedentes internacionales fueron considerados como elementos adicionales dentro de la evaluación realizada por Indecopi.
La industria peruana aún muestra señales de vulnerabilidad
Aunque los fabricantes nacionales registraron un incremento en sus ventas durante el período analizado, la autoridad concluyó que la situación del sector todavía presenta fragilidades.
Según la evaluación preliminar, las empresas peruanas perdieron participación dentro del mercado nacional debido al acelerado crecimiento de las importaciones.
En otras palabras, el aumento del consumo interno benefició en mayor medida a los productos importados que a la producción local.
Esta situación explica por qué Indecopi considera que la industria nacional continúa expuesta a riesgos importantes.
El retiro de las medidas podría afectar a los productores nacionales
Uno de los escenarios evaluados por la comisión es el impacto que tendría la eliminación de los derechos antidumping al calzado chino.
El informe advierte que, sin estas medidas de protección comercial, el calzado proveniente de China podría ingresar nuevamente al mercado peruano a precios inferiores incluso a los costos de producción de las empresas nacionales.
Esta situación dificultaría que los fabricantes locales puedan competir en igualdad de condiciones, afectando su rentabilidad, inversiones y generación de empleo.
Por ello, la comisión considera que la permanencia de la industria nacional podría verse comprometida si desaparecen las restricciones actuales.
La vulnerabilidad del sector sigue siendo elevada
El análisis efectuado por Indecopi concluye que la rama de producción nacional permanece en una condición de vulnerabilidad.
De acuerdo con la autoridad, un incremento adicional en el ingreso de calzado importado a precios de dumping podría profundizar las dificultades económicas que enfrenta el sector.
En consecuencia, la revisión busca determinar si la continuidad de los derechos antidumping sigue siendo necesaria para preservar condiciones de competencia equitativas dentro del mercado peruano.
Las medidas seguirán vigentes durante la investigación
Mientras se desarrolla el procedimiento de revisión, los derechos antidumping al calzado chino continuarán aplicándose sin modificaciones.
Las medidas alcanzan a diversas variedades de calzado originario de China, incluyendo productos cuya parte superior está elaborada con:
Caucho.
Plástico.
Cuero natural.
La única excepción corresponde a las chalas y sandalias, que permanecen excluidas del alcance de estas medidas.
Esto significa que las condiciones comerciales actuales se mantendrán mientras la comisión analiza toda la información presentada por las partes involucradas.
El proceso de revisión podría extenderse hasta nueve meses
Indecopi estableció un plazo inicial de seis meses para desarrollar el examen por expiración de medidas.
No obstante, la normativa permite ampliar este período por tres meses adicionales si las circunstancias del procedimiento así lo requieren.
Durante este tiempo, tanto los representantes de la industria peruana como los importadores, exportadores y demás partes interesadas podrán presentar:
Información técnica.
Estudios económicos.
Pruebas documentales.
Argumentos legales.
Alegatos relacionados con la investigación.
Toda esta información será evaluada antes de emitir una decisión definitiva.
¿Qué son los derechos antidumping?
Los derechos antidumping son instrumentos de defensa comercial autorizados por las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Su finalidad consiste en corregir situaciones en las que un producto importado se comercializa en otro país a un precio inferior a su valor normal, generando un perjuicio importante para los productores locales.
Estas medidas no buscan impedir las importaciones, sino garantizar que la competencia entre empresas nacionales y extranjeras se desarrolle bajo condiciones justas.
Por ello, únicamente se aplican cuando una investigación demuestra la existencia simultánea de tres elementos:
Prácticas de dumping.
Daño relevante a la industria nacional.
Relación causal entre ambos factores.
La decisión final será clave para el mercado peruano
La revisión iniciada por Indecopi definirá si los derechos antidumping al calzado chino continúan vigentes durante un nuevo período o si, por el contrario, corresponde eliminarlos.
La resolución tendrá implicancias tanto para los fabricantes nacionales como para importadores, distribuidores y consumidores, ya que influirá en la dinámica competitiva del mercado peruano del calzado.
Mientras avanza el procedimiento, las medidas actuales seguirán protegiendo a la industria local frente al ingreso de productos que podrían comercializarse en condiciones consideradas desleales, permitiendo que la autoridad reúna toda la evidencia necesaria antes de adoptar una decisión definitiva.


