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Home Paises Mexico

SAT no podrá cobrar a Femsa un crédito fiscal de 2,868 mdp

by México
julio 3, 2026
in Mexico
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictado una sentencia trascendental que pone punto final a una larga batalla legal entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la multinacional FEMSA. En un fallo que resuena en los círculos empresariales y jurídicos de México, el máximo tribunal determinó que la autoridad fiscal no podrá cobrar un crédito fiscal por un monto de 2,868 millones de pesos, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2011.

Esta resolución no solo cierra un capítulo complejo en la historia de los litigios fiscales del país, sino que también ofrece un caso de estudio sobre la seguridad jurídica, la caducidad de las facultades de comprobación y la importancia de la cosa juzgada en el sistema legal mexicano.

El origen de la disputa: Un legado de 2011

Para comprender la magnitud de esta decisión, es necesario remontarse al ejercicio fiscal de 2011. Durante aquel año, la autoridad hacendaria identificó discrepancias en la declaración de impuestos de FEMSA, lo que derivó en la determinación de un crédito fiscal que, con el paso de los años, acumuló actualizaciones, recargos y multas.

Durante más de una década, la empresa mantuvo una postura firme respecto a la validez de sus operaciones y la improcedencia del cobro, lo que escaló el conflicto hasta las instancias del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Fue precisamente en este órgano donde, originalmente, se dictó la nulidad del crédito fiscal, argumentando diversas irregularidades en el actuar de la autoridad.

El tortuoso camino judicial hasta la Corte

El caso FEMSA no ha estado exento de controversia. A lo largo del camino, el proceso sufrió giros inesperados. En años recientes, se debatió intensamente si el asunto debía ser considerado como «cosa juzgada» o si la Suprema Corte tenía facultades para atraer el caso nuevamente para su revisión, a pesar de las sentencias previas del tribunal administrativo.

En noviembre de 2025, el debate alcanzó un punto álgido. Tras una votación inicial que rechazó atraer el caso, una nueva solicitud impulsada por la ministra Lenia Batres Guadarrama logró, de manera inusual, que el pleno de la Corte reconsiderara su posición. Este evento fue objeto de un intenso escrutinio público, ya que marcaba un precedente sobre la capacidad del máximo tribunal para reabrir expedientes multimillonarios, planteando interrogantes sobre la estabilidad de los fallos judiciales previos.

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El argumento legal de la SCJN

Finalmente, en la resolución emitida este 2 de julio de 2026, la mayoría de los ministros de la SCJN ratificó la sentencia emitida por la Sala Superior del TFJA. La conclusión de los ministros se basó en dos pilares jurídicos fundamentales:

  1. La caducidad de las facultades: La Corte determinó que el tiempo otorgado a la autoridad fiscal para ejercer sus facultades de comprobación había expirado. Este principio es vital en el derecho fiscal, pues protege a los contribuyentes de una fiscalización perpetua, garantizando que los actos de autoridad tengan un marco temporal definido.

  2. La cosa juzgada: Al haberse confirmado la sentencia del tribunal administrativo, el asunto se considera resuelto de manera definitiva. La Corte dejó claro que, una vez que un tribunal competente ha dirimido una controversia bajo los cauces legales establecidos, no puede permitirse que la autoridad, ante una sentencia adversa, pretenda reiniciarla indefinidamente.

Una voz disidente: El rol de la ministra Lenia Batres

Es importante destacar que el fallo no fue unánime. La ministra Lenia Batres Guadarrama fue la única integrante del Pleno que votó en contra del proyecto de resolución. A pesar de haber sido ella quien impulsó inicialmente la atracción del caso, su postura final se mantuvo firme en sentido opuesto a la mayoría.

Este voto particular refleja las tensiones existentes en la interpretación de los límites de la autoridad fiscal y la protección de los ingresos públicos frente a los derechos de los contribuyentes. Mientras que la mayoría de los ministros priorizó la certeza jurídica, la ministra Batres puso énfasis en la revisión profunda de los montos millonarios que, a menudo, son objeto de litigio por parte de las grandes corporaciones.

Impacto y repercusiones para el ecosistema empresarial

La decisión de la SCJN envía un mensaje potente al sector privado mexicano. En un contexto donde otras grandes empresas también enfrentan litigios fiscales significativos —como el caso de Grupo Salinas, ArcelorMittal o Alsea—, este fallo es visto como un respiro para la certidumbre jurídica.

Para los inversionistas, la capacidad del sistema judicial para proteger derechos frente a posibles arbitrariedades de la autoridad es un factor clave. Sin embargo, el caso también subraya que los conflictos fiscales son, por definición, procesos extensos y costosos. Aunque FEMSA ha logrado la anulación de este crédito, el desgaste institucional y la incertidumbre que rodeó el caso durante meses reflejan la complejidad de la relación entre el fisco y los grandes contribuyentes.

Es necesario recordar que FEMSA, en años previos, ya había optado por el pago de otros adeudos fiscales para resolver diferendos de manera consensuada. Por ejemplo, en 2020, la empresa acordó pagar al SAT cerca de 8,800 millones de pesos, lo que demuestra que la vía legal no es la única estrategia que las empresas emplean para navegar su responsabilidad tributaria.

La confirmación de la anulación del crédito fiscal a FEMSA marca el fin de una etapa relevante en la justicia tributaria mexicana. Más allá de los 2,868 millones de pesos, el valor de esta sentencia reside en la ratificación del respeto a los plazos procesales y la inmutabilidad de la cosa juzgada.

Vea también: El cambio de paradigma en México

Para la administración fiscal, el reto continúa siendo fortalecer sus procesos de determinación de créditos, asegurando que estos se apeguen estrictamente a la legalidad para evitar derrotas en las instancias judiciales. Para los contribuyentes, el mensaje es claro: la defensa legal, cuando se fundamenta en principios sólidos como la caducidad y el debido proceso, sigue siendo un mecanismo de defensa vigente y respetado por el máximo tribunal de la nación.


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Source: Alto Nivel
Tags: crédito fiscalDerecho FiscalfemsaImpuestosJusticia administrativaLenia BatresMexicoSATSCJNseguridad jurídicaTribunal Federal de Justicia Administrativa
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