Restricciones de tránsito para transporte especializado. Con el objetivo primordial de salvaguardar la seguridad de los vacacionistas que transitarán por las carreteras y puentes de jurisdicción federal durante el próximo periodo vacacional de Semana Santa 2025, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) ha anunciado un horario especial para el servicio de autotransporte federal y el transporte de carga especializada.
La medida, que busca garantizar un flujo vehicular más fluido y seguro, entrará en vigor a partir de las 00:00 horas del viernes 11 de abril de 2025 y se extenderá hasta las 23:59 horas del domingo 27 de abril de 2025.
Restricciones de tránsito para transporte especializado
Durante este periodo vacacional, las grúas industriales y los vehículos destinados al transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial emitido por la SICT, deberán sujetarse a las siguientes disposiciones de tránsito:
Días de Circulación Permitida (14, 15, 16, 21, 22, 23, 24 y 25 de abril de 2025):
- Caminos Tipo ET4, A4 y B4: Podrán circular en un horario continuo de 00:00 horas a 23:59 horas.
- Caminos Tipo ET2, A2, B2, C o D:
- Horario Diurno (6:00 a 18:30 horas): Circulación permitida.
- Horario Nocturno (00:00 a 6:00 horas): Circulación permitida.
- Horario Nocturno (18:30 a 23:59 horas): Circulación permitida, pero con la obligatoriedad de contar con dos vehículos piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera del convoy.
Días de Suspensión Total del Tránsito (11, 12, 13, 17, 18, 19, 20, 26 y 27 de abril de 2025):
Durante estos días, el tránsito de los vehículos mencionados anteriormente estará totalmente suspendido.
Excepciones a las Restricciones
Es importante destacar que las restricciones establecidas no aplicarán a los usuarios o permisionarios que estén directamente relacionados con proyectos u obras a cargo del Gobierno de México.
Específicamente, estarán exentos de estas limitaciones aquellos involucrados en la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar, incluyendo el equipo del Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, y los aeropuertos de Palenque (Chiapas), Chetumal y Tulum (Quintana Roo, considerados de seguridad nacional e interés público, así como el sector petrolero.
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Esta medida busca equilibrar la necesidad de movilidad durante el periodo vacacional con la imperiosa necesidad de garantizar la seguridad de todos los usuarios de las vías federales. Se recomienda a los transportistas y a la población en general tomar en cuenta estas disposiciones para planificar sus traslados de manera adecuada.

