El Congreso de la República aprobó un proyecto de ley que obliga a las farmacias y boticas del país a ofrecer al menos un 30% de sus medicamentos en versión genérica. Esta medida busca ampliar el acceso a medicamentos de calidad a precios más accesibles para la población.
¿Qué dice la ley?
- Las farmacias y boticas, tanto públicas como privadas, deberán tener disponible al menos el 30% de su oferta de medicamentos de marca en su versión genérica.
- La lista de genéricos obligatorios estará a cargo del Ministerio de Salud, quien definirá los principios activos esenciales que deben ofrecerse en su versión genérica.
- Se exceptúan de esta obligación las microempresas, según la definición establecida en la legislación tributaria del país.
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Otras medidas importantes:
- La ley prohíbe cualquier tipo de incentivo o beneficio que busque promover la venta de marcas específicas de medicamentos, dispositivos médicos o productos sanitarios.
- Se permite la publicidad comparativa dirigida exclusivamente al personal médico, con el fin de evitar la promoción directa a los consumidores que podría incentivar la automedicación.
- El Ministerio de Salud también tendrá la potestad de determinar qué alimentos y otros productos no podrán ser vendidos en boticas y farmacias.
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¿Cuáles son los beneficios de esta ley?
- Mayor acceso a medicinas de calidad a precios más bajos para la población.
- Promoción de la competencia en el mercado de medicamentos.
- Desincentivación de la automedicación y el uso inadecuado de medicamentos.
- Fomento de la salud pública y la prevención de enfermedades.
Esta ley es un paso importante para garantizar el derecho a la salud de la población peruana y para promover un sistema de salud más justo y equitativo.